LIBERTAD
DE CONCIENCIA EN LOS MENORES DE EDAD
(Ponencia presentada en el Segundo Congreso Méxicano de Ateismo)
Un asunto que me preocupa sobremanera
y que pretendo dejar planteado el día de hoy es el estado de la Libertad de Conciencia
de los menores de edad en el país.
Actualmente se escucha sobre
el “laicismo positivo” que al hacerse presente en las modificaciones al Art. 24
constitucional permite a las personas expresar sus creencias en espacios
diferentes de los meramente personales y
privados, esto lo toman los religiosos como un avance para su libertad de
conciencia; sin embargo los menores de edad parecen estar regidos por leyes
diferentes ya que se les considera sujetos a los criterios educativos de sus padres y por tanto son vulnerables
a que sus derechos sean violentados de diversas maneras.
Una de ellas es la
imposición de un credo religioso desde la más tierna infancia por ejemplo, cuando
de manos de un cura católico se les introduce a esta religión sin preguntarles
su parecer, y de esta manera pasan a formar parte de las estadísticas de esta
Iglesia.
Pero estas prácticas no son
privativas de los católicos, ya que las iglesias protestantes tienen sus
propios rituales en que los menores de
edad también pasan a formar parte de su rebaño sin tener la edad suficiente
para poder decidir por sí mismos si es lo que desean hacer.
Otra polémica cuestión sobre este derecho humano en los menores de
edad se refiere a la educación sexual: para nadie es una sorpresa los niveles
tan elevados de embarazos adolescentes que existen en el país. Según la OCDE (Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económico) somos el primer lugar en esta problemática:
“Cada
minuto una adolescente mexicana se convierte en madre, lo cual significa que al
año prácticamente hay en el país medio millón de embarazos en jóvenes menores
de 19 años, incluso de niñas de sólo 10 años.” 1
Cifras como esas llevarían a
cualquier gobierno a tomar medidas extremas sobre la información y apoyo que
los jóvenes y señoritas están necesitando para evitar embarazarse al tener
relaciones sexuales tempranas, pero la poca ayuda que reciben está condicionada
por la intervención de sus padres y madres ya que todo adolescente que requiera
servicios de planificación familiar debe acudir a las clínicas con sus padres,
la situación se vuelve más compleja cuando la adolescente requiere de hacerse
una interrupción legal de su embarazo y
también para este procedimiento necesita la autorización de sus progenitores.
Estos ejemplos bastan para
comprender que los derechos reproductivos y sexuales de los menores de edad no
son tales. Se puede afirmar en cambio que los jóvenes del país tienen
derecho a la salud sexual pero no a decidir por sí mismos si desean tener un
hijo o no, diferencia que engrosa las filas de las madres solteras adolescentes
del país:
“Las
y los adolescentes en México son ignorados y tratados como personas
imposibilitadas para el autocuidado. Se les niega el acceso a anticoncepción y
a educación sexual “
Organizaciones
Redim, Andar y Red Balance 2
A estas alturas de mi
disertación, espero que quede claro cuál es el estado de vulnerabilidad de la libertad
de conciencia de los menores de edad en nuestro país. Lo cual me lleva a
citar el trabajo de la española Ana María
Valero, Doctora en Derecho Constitucional quien señala dos premisas importantes
cuando se habla del derecho a la libertad de conciencia del menor de edad:
1)
“El
menor de edad es un titular “pleno” y un ejerciente “progresivo” –en función de
su grado de madurez y, por ende, de su capacidad natural- de todos derechos
fundamentales.
2)
El
menor de edad es un sujeto cuya personalidad se halla en proceso de formación,
por lo que la efectiva garantía de su derecho de libertad de conciencia reclama
una protección jurídica reforzada del proceso de gestación y maduración de su
conciencia.”
Los trabajos de la Dra.
Valero también se refieren a los límites de la patria potestad la cual señala, se ha ido transformando desde
los tiempos en que exigía obediencia absoluta a una que reclama a los padres la
crianza de hijos e hijas pensantes, autónomos y capaces de resolver sus propios
problemas.
Yo me pregunto bajo este
contexto:
¿Debería un menor esperar a
cumplir la mayoría de edad para expresar su desacuerdo con la crianza que está
recibiendo, Sobre todo si esta se aleja de sus ideales de conciencia?
En el mundo de los libre pensadores sabemos que nuestra
forma de ser crítica y confrontativa inicia desde muy temprana edad, somos los
que cuestionamos al cura en el catecismo, los que hacemos bromas sobre las ceremonias
religiosas, los que nos negamos a ir a las reuniones los domingos y sabemos que
no hacemos felices a papá y mamá con esto ¿Tienen derecho nuestros padres de obligarnos
a hacerlo?
En mi experiencia personal sé
que salirse de una religión muy cerrada es
una de las obras más difíciles que pueden llevarse a cabo en la vida, ya
que todos a tu alrededor te dirán que lo
correcto es permanecer, que no hay nada de malo con esas buenas gentes que solo
buscan tu bienestar; pero cuando la incomodidad es mucha no hay poder humano ni
divino que te haga quedarte en donde no
deseas estar ¿Cuántos de mis derechos se violentaron al ser perseguida y amenazada para no salirme de ese credo? ¿A alguien le
importa?
Actualmente podemos leer en
la “Ley para la protección de los derechos de niñas, niños y
adolescentes” lo siguiente:
Artículo 36. Niñas, niños y
adolescentes gozarán de libertad de Pensamiento y conciencia.
Artículo 41. El derecho a expresar
opinión implica que se les tome su parecer respecto de:
A. Los asuntos que
los afecten y el contenido de las resoluciones que les conciernen.
B. Que se escuchen y
tomen en cuenta sus opiniones y propuestas respecto a los asuntos de su familia
o comunidad.”
Dado lo anterior mis
padres tendrían que haberme consultado y respetado mi derecho a disentir de lo
que ellos creían eran lo mejor para mí.
Pero lo anterior no ocurre
en la práctica, porque los mexicanos estamos acostumbrados a crecer en ambientes
familiares poco democráticos que rara vez solicitan nuestra opinión, y así, las
leyes que protegen la Libertad de Conciencia de la infancia, acaban siendo
letra muerta.
Algo similar ocurre cuando se habla sobre
los Derechos sexuales y reproductivos los cuales nos permiten:
- Tomar
decisiones sobre nuestra salud, cuerpo, vida sexual e identidad sin temor
a sufrir coacción o discriminación.
- Pedir
y recibir información sobre la sexualidad y la reproducción y acceso a
servicios de salud relacionados con ellas y a métodos anticonceptivos.
- Decidir
si tener hijos, cuándo y cuántos.
- Elegir
a nuestra pareja íntima y si casarnos y cuándo.
- Decidir
qué tipo de familia formar.
- Vivir
sin sufrir discriminación, coacción ni violencia, incluida violación y
otras formas de violencia sexual, mutilación genital femenina, embarazo
forzado, aborto forzado, esterilización forzada y matrimonio forzado.
Sin embargo conozco casos en
los que todavía se sigue imponiendo un marido a las hijas y una edad para
casarse, se les obliga a embarazarse y a tener a hijos no deseados bajo el
pretexto de que el pastor religioso así lo ha sugerido y la familia acepta este
tipo de “guías espirituales” como si fueran los tutores reales de sus hijos e
hijas. La ignorancia es mucha y el sufrimiento que causa es mucho mayor.
Ante todo esto la polémica legal
continúa, mientras grupos conservadores se resisten a aceptar la realidad. Lo siguiente lo dijo la
panista Pérez Camarena en tribuna:
"Se podría generar un
impacto negativo en los derechos humanos de las niñas y niños, a partir de la
utilización de conceptos que carecen de consensos mínimos. Este aspecto es
claro cuando se pretende determinar si los menores de edad tienen derechos
sexuales o reproductivos o, más bien, si en esta etapa tienen derecho a la
salud sexual y reproductiva conforme a su edad, desarrollo evolutivo,
cognoscitivo y madurez" 3
El mundo se moderniza más rápidamente
que nuestras conciencias y nos cuesta ser flexibles para resolver la
problemáticas actuales de la juventud.
Mi deseo es verles sonreír. El problema queda planteado.
Referencias:
Libertad de conciencia en
los menores de edad. Ana Maria Valero.
Ley para la protección de la
los derechos de las niñas, niños y adolescentes:
1. México encabeza el primer
lugar en embarazos no deseados.
Citas 2 y 3
¿Qué son los derechos
sexuales y reproductivos?